Visitas del clero

Los clérigos ordenados registrados y los ministros licenciados que estén asociados a una iglesia, grupo cristiano u otra orden religiosa pueden recibir una visita sin contacto con un miembro encarcelado de su congregación. Éstas no cuentan para el límite de dos (2) visitas semanales del recluso.

A los clérigos se les permite una visita diaria de treinta (30) minutos en las salas de visita ordinarias, como se indica a continuación:

  • De lunes a jueves: de 8 a 9 h, de 11.30 a 13 h, de 14.30 a 17.30 h.
  • No se permiten teléfonos móviles, ordenadores, tabletas ni otros dispositivos electrónicos.

*Nota: El recuento de reclusos se realiza a las 16.00 horas todos los días. Todas las actividades cesan durante este tiempo. Las visitas por la tarde pueden verse afectadas.

A los clérigos que sean familiares de un preso (padre, hermano, cónyuge, hijo, abuelo o nieto) no se les aprueba una visita especial del clero con el familiar encarcelado.

Requisitos y aprobación para las visitas del clero

El clero ordenado, los ministros licenciados o los líderes religiosos pueden ser aprobados para las Visitas del Clero en la Cárcel del Condado de Forsyth proporcionando tres de los cuatro documentos siguientes que verifiquen su estatus a los Ministerios de Cárceles y Prisiones de Forsyth.

Estos documentos incluyen:

  • Documentación escrita de la ordenación
  • Documentación escrita de haber ocupado un cargo en el ministerio de la iglesia
  • Documentación escrita de una licencia ministerial
  • Documentación escrita de representación de una iglesia/orden religiosa

La documentación puede enviarse por fax al 336-759-0554, por correo electrónico a brooke@forsythjpm.org, o por correo postal a Forsyth Jail and Prison Ministries, P.O. Box 11802, Winston-Salem, NC 27116.